¿Planeación Tributaria o Ingeniería Tributaria?
Como Planeación Tributaria ó Planeamiento Tributario debemos entender a aquella herramienta gerencial utilizada por profesionales ligados a la tributación, cuyo objetivo primordial es estudiar las vías referentes al ahorro en el pago de impuestos, más conocido como tax planner.
Existe un factor común en las definiciones existentes al respecto “el ahorro fiscal por parte de los contribuyentes”, el cual determina que exista una menor carga impositiva o su eliminación total.
La planeación tributaria es normalmente solicitada por grandes empresas o corporaciones en mayor parte y eventualmente por medianos contribuyentes.
En pequeños contribuyentes no se aprecia el uso de este mecanismo, bien sea porque la carga impositiva es mínima o por el desconocimiento de esta figura, ello aunado al desembolso de dinero que representaría para ellos el financiar un estudio o una asesoría relacionada con el planeamiento tributario.
En la medida que el planeamiento tributario sea realizado en un estricto cumplimiento del marco legal y no signifique algún tipo de violación normativa o la presencia de algún ilícito, será perfectamente aceptable.
La dificultad se presentaría cuando este planeamiento tenga algunas figuras elusivas o cuando se determinen maniobras que se basan exclusivamente en la simulación absoluta de las operaciones, toda vez que ello podría significar una revisión pormenorizada por parte del fisco, a efectos de determinar la verdadera fiscalidad aplicable, con la posibilidad de verificar la comisión de infracciones.
Los pasos que se deben seguir para llevar a cabo un planeamiento tributario para una correcta optimización de la carga tributaria:
1. Una operación aún no realizada.
2. Un riguroso dominio que permita el análisis de las normas tributarias que aplican sobre la operación.
3. La identificación de los escenarios posibles, y el impacto tributario en cada uno de ellos.
4. Un análisis financiero de la implementación de cada escenario.
5. Un análisis de factibilidad (tiempos, trámites, posibilidad).
6. La elección de la alternativa más económica y eficiente.
ELUSION
Al revisar el Diccionario para la consulta del vocablo elusión se otorga el siguiente significado: [1. f. Acción y efecto de eludir]. El Diccionario nos deriva al verbo eludir, cuyo significado es el siguiente: “(Del lat. eludĕre). 1. tr. Evitar con astucia una dificultad o una obligación. Eludir el problema. Eludir impuestos”.
La elusión de impuestos, hace referencia a las conductas del contribuyente que busca evitar el pago de impuestos utilizando para ello maniobras o estrategias permitidas por la misma ley o por los vacíos de esta.
La elusión no es estrictamente ilegal puesto que no se está violando ninguna ley, sino que se está aprovechando mediante una interpretación en ocasiones amañadas o caprichosas, situación que es permitida por una ley ambigua o con vacíos. La ley puede entrar en conflicto con otras normas ya existentes o pueden surgir situaciones nuevas que no estaban previstas ni reguladas. Esto último es lo que se conoce como vacío legal.
Una de las maneras como se combate la elusión es; “mediante un análisis económico de los hechos, el auditor puede llegar a desentrañar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas por los agentes económicos, desconociendo la celebración de aquellos
actos, contratos, etc., cuya aplicación resulta forzada. En estos casos, el mayor impuesto determinado por la administración debe ser pagado…”.
En las XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario, organizadas por el Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario con fecha octubre de 2008 en las islas Margarita de Venezuela, al referirse al tema “LA ELUSIÓN FISCAL Y LOS MEDIOS PARA EVITARLA”, se llegó a determinar cómo conclusiones lo siguiente:
PRIMERA. La elusión es un comportamiento del obligado tributario consistente en evitar el presupuesto de cualquier obligación tributaria, o en disminuir la carga tributaria a través de un medio jurídicamente anómalo, por ejemplo: el abuso de la norma, de la forma o la vulneración de la causa típica del negocio jurídico, sin violar directamente el mandato de la regla jurídica pero sí los valores o principios del sistema tributario.
SEGUNDA. La elusión constituye un comportamiento lícito y por tanto no es sancionable. Solo corresponde a la ley establecer los medios para evitarla y regular los supuestos en que procede recalificar el hecho para garantizar la justicia en la distribución de las cargas públicas”.
La elusión se constituye en un mecanismo de tipo irregular cuyo propósito es utilizar la deficiencia de la norma para poder rebajar la carga
impositiva.
INGENIERIA FISCAL
Cuando la Planificación Fiscal Internacional adquiere su máximo grado de desarrollo, hablamos de Ingeniería Fiscal.
La Ingeniería Fiscal es una estrategia cuidadosamente planificada, que tiene como finalidad evitar, demorar o reducir al máximo el pago de impuestos de una persona o empresa respetando en todo momento la legalidad vigente, este procedimiento aprovecha los vacíos legales, imprecisiones en las leyes y diferencias en las regulaciones tributarias de los diferentes países, con el fin de obtener una reducción de impuestos legal.
Gracias a la globalización y los cambios en políticas económicas y financieras de las últimas décadas, la mayoría de los gobiernos y organismos económicos mundiales, entre ellos la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), han impulsado una serie de políticas encaminadas a eliminar trabas al comercio entre los países y a favorecer la libre circulación de capitales.
Hoy en día el lector puede sin mayores problemas, con las limitaciones que le imponga su país de residencia, abrir una cuenta bancaria o realizar inversiones en el extranjero. Las empresas han incrementado de manera importante sus transacciones internacionales y han proliferado las compañías multinacionales. Como consecuencia, a los gobiernos de los diferentes países les cuesta cada vez más ejercer un control tributario eficiente sobre sus ciudadanos y empresas. Gran parte de las operaciones afectan a más de un país y los capitales fluyen a velocidad de vértigo de banco a banco, de un confín del mundo a otro.
Las legislaciones a menudo han quedado obsoletas o sufren importantes lagunas ante la proliferación de situaciones para los que no estaban pensadas y nuevas formas de negocio que antes simplemente no existían. La falta de uniformidad entre las leyes de los países puede llevar a la paradoja de que una misma actuación puede ser ilegal en un país y sin embargo totalmente legal en otro.
En este nuevo escenario cobra mayor importancia la llamada PLANIFICACIÓN FISCAL INTERNACIONAL,
esta al contrario de la asesoría fiscal tradicional, no se restringe al ámbito de un país, sino que aborda las cuestiones tributarias y legales desde un punto de vista global. Se denomina Ingeniería porque, al igual que si de una obra de ingeniería se tratara, planifica y lleva a cabo proyectos de una gran complejidad y envergadura.
Los “INGENIEROS FISCALES” no sólo estudian y conocen al detalle las legislaciones tributarias de los distintos Estados y Territorios, sino que aprovechan sus ventajas, ambigüedades y lagunas normativas para desarrollar estrategias fiscales que favorezcan a sus clientes.
De esta manera y valiéndose entre otros de Paraísos Fiscales acuerdos bilaterales y tratados de doble imposición consiguen evitar, o al menos reducir considerablemente, la cantidad de impuestos que deben pagar las personas o empresas que contratan sus servicios.
Como es de imaginar, las administraciones públicas de los diferentes países intentan por todos los medios poner coto a estas prácticas. Teniendo semejanza con el juego entre gato y ratón en el que la ley, por lo general más lenta y torpe, corre detrás de algunas de las mentes más avispadas del planeta.
Mientras que por un lado los legisladores tratan de tapar “resquicios legales”, por el otro los expertos en ingeniería fiscal buscan cada día vías más sofisticadas para eludir la carga tributaria.
Cualquier cambio en la legislación de un país puede convertirse de práctica legal en ilegal y como consecuencia arruinar todos los esfuerzos de la planificación fiscal. Mantenerse al día en todos los temas tributarios es por tanto imprescindible. No es de extrañar que este trabajo lo realicen auténticos equipos multidisciplinares formados por asesores fiscales, abogados y expertos en administración de empresas de diferentes países.
La complejidad y costo de una operación dependerá de las circunstancias particulares del contratante, especialmente de su lugar, residencia y ciudadanía. En los últimos años el espectacular desarrollo de Internet ha ayudado a acercar estos servicios al ciudadano
de a pie, generalmente a través de empresas de servicios offshore (paraísos fiscales).
La Ingenieria Fiscal es legal, pero debemos matizarla, en principio no hay nada ilegal en que uno organice sus finanzas de manera que la carga impositiva sea la menor posible. Es lo que se conoce popularmente como elusión fiscal.
La elusión fiscal no debe confundirse con la evasión fiscal o ilícitos tributarios como se menciona en el Título IV “Ilícitos Tributarios” del Nuevo Código Tributario que por el contrario es un delito, ya que a través de ella se evita el pago de impuestos escondiendo sus ganancias.
La Ingeniería Fiscal toma muy en cuenta las ambigüedades existentes en las leyes para sus actuaciones, por lo general, cuando se advierten transacciones artificiales que no tienen ninguna motivación económica u operaciones poco transparentes a través de paraísos fiscales, puede llegar a tomar medidas al considerar que en realidad se está cometiendo un delito de evasión fiscal. Es decir, no basta que los movimientos económicos que se realicen sean legales, sino también deben tener algún fin justificable. De lo contrario la administración tributaria entenderá que se están realizando con la única finalidad de evadir impuestos.
Es precisamente en este punto, donde a menudo la Ingeniería Fiscal entra en un terreno pantanoso, ya que no es infrecuente que se vea forzada a “simular” la necesidad de ciertas transacciones que en realidad sólo persiguen el objetivo de reducir la carga fiscal. En cualquier caso, suele ser algo relativamente complicado de demostrar por las autoridades, ya que las operaciones se realizan en países diferentes algunos de los cuales no suelen ser muy colaboradores a la hora de facilitar información, es el caso de los paraísos fiscales, en los cuales existen estrictas leyes de confidencialidad.
Como podemos ver, la línea divisoria entre la legítima planificación fiscal y la evasión de capitales es muy delgada y a menudo depende de matices o interpretaciones.
Los defensores de la ingeniería fiscal, afirman que cualquier persona tiene el legítimo derecho a organizar sus finanzas de la manera más favorable, siempre y cuando cumpla con la legalidad vigente. Los detractores la tachan de herramienta al servicio del capital y la acusan de acrecentar la insolidaridad y las desigualdades económicas en el mundo.
A favor o en contra, no se puede negar que la ingeniería fiscal se requiere por la mayoría de las grandes multinacionales, incluidas las entidades financieras y las aseguradoras más prestigiosas, y que constituye un pilar fundamental para la marcha de la economía en su modelo actual.
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